Este sábado, el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer su primera nómina con los vocales de mesa, que el próximo 10 y 11 de abril deberán desarrollar sus roles en las elecciones municipales 2021.
Cabe destacar que, es probable que los locales de votación de algunos ciudadanos hayan sufrido cambios, por lo tanto, es necesario que todas las personas revisen sus datos electorales en el Servel.
Consulta de datos electorales
Para consultar los datos electorales y revisar la información respecto al local de votación o designación como vocal de mesa, las personas deben ingresar al sitio web del Servicio Electoral (https://www.servel.cl) y presionar sobre Consulta de Datos Electorales.
Excusas para no ser vocal de mesa
Según el Artículo 49 de la Ley 18.700, quienes requieran excusarse de ser vocal de mesa, podrán acogerse a las siguientes causales:
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Madres de menores de hasta 2 años.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
El plazo máximo para presentar excusas es hasta el 24 de marzo y deberán ser presentadas ante las Juntas Electorales de forma presencial o por correo electrónico, con la información disponible en la página web del Servel.